Análisis de obra según el reglamento de Desarrollo Urbano:Calle manuel C. Tello casi esquina 20 de Noviembre.
Xalapa, Ver.
Objetivo
Acudir a dicha obra para analizar a que tipo de obra pertenece,especificando quién está construyendo, la superficie del terreno y la superficie de construcción. Investigar si dicha obra cuenta con los permisos a la vista y por último constatar si cuenta con las medidas de protección para transeuntes y colindancias presentes,tomando como instrumento de apoyo el reglamento de Desarrollo Urbano de la ciudad.
a) Tipo de obra
Se construirá una farmacia de la cadena comercial Farmacias del Ahorro.
b) Permisos
c) Medidas de protección para transeuntes y colindancias
d) Articulos y comentarios
NO CUMPLE-No es visible el no. oficial
Artículo 121. La ejecución de toda obra nueva, la modificación o la ampliación de
una que ya existe, requiere para que se expida la licencia respectiva, la
presentación de la constancia de alineamiento oficial.
SI CUMPLE
Artículo 133. Precaución en la ejecución de Obras.- Para la ejecución de obras,
deberán tomarse todas las medidas técnicas necesarias para evitar daños y
perjuicios, a las personas o a los bienes.
SI CUMPLE- Cumple pero los señalamientos de precaución no están correctamente ubicados, tapan la vialidad de la banqueta del costado pero colocan los señalamientos de manera que sea libre el acceso.
Artículo 187. Tipos de Protección.- Las protecciones para las obras en general
serán:
I.- Barreras: Cuando se ejecuten obras de pintura, limpieza o similares, se
colocarán barreras que puedan moverse al suspenderse el trabajo diario. Estarán
pintadas de amarillo y tendrán leyendas de “precaución”;
II.- Marquesinas: Cuando los trabajos se ejecuten a más de seis metros de altura,
se colocarán marquesinas que cubran suficientemente la zona de la vía pública
interior al lugar de las obras;
III.- Tapiales fijos: Para obras de otro tipo se colocarán tapiales fijos, que cubrirán
todo el frente de la obra y una faja anexa de 50 centímetros sobre la vía pública;
previa solicitud podrá concederse mayor superficie de ocupación de la vía pública;
y,
IV.- Pasos cubiertos: En obras cuya altura sea mayor de seis metros o en aquellas
en que la invasión de la acera lo amerite, la Dirección podrá exigir que se
construya un paso cubierto, además del tapial.
Artículo 188. Características de las Protecciones.- Los tapiales serán de
madera, lámina, concreto, mampostería u otro material que ofrezca las mismas
garantías de seguridad. Tendrán una altura mínima de 2.40 metros, con superficie
lisa pintados de color gris, sin más claros que las puertas, las cuales se
mantendrán cerradas.
Los pasos cubiertos tendrán cuando menos una altura de 2.40 metros y una
anchura libre de 1.20 metros.
Ningún elemento de las protecciones quedará a menos de 0.50 metros de vertical
de la guarnición de la banqueta.
Las marquesinas estarán a una altura necesaria para que la caída de los
materiales de demolición o construcción sobre ellas, no exceda de 0.10 metros.
Las protecciones se construirán de tal manera que no obstruyan la vista de las
placas de nomenclatura, señales de tránsito y aparatos o accesorios de los
servicios públicos.
En caso necesario se colocarán los datos en otro lugar adecuado.
Artículo 189. Conservación de las Protecciones.- Los demoledores y constructores están obligados a conservar los tapiales en buenas condiciones de estabilidad y aspectos; con excepción de los letreros de los directores responsables de la obra, no se permitirán rótulos o anuncios en los tapiales, si no cuentan con la licencia o autorización correspondiente expedida por la Dirección.
SI CUMPLE- En este caso las protecciones colocadas son los tapiales de madera con altura minima requerida.
Demoliciones.- Para llevar a cabo toda demolición se requiere
autorización por escrito de la Dirección, la cual fijará los requisitos, términos y
condiciones bajo las cuales podrá realizarse.
Se tomarán las precauciones debidas para evitar que una demolición cause daños
o molestias en construcciones vecinas o en la vía pública; si se emplean puntales,
vigas, armaduras o cualesquier otro medio de protección, se tendrá cuidado de no
provocar esfuerzos que causen perjuicios a las construcciones circundantes.
SI CUMPLE
Buen trabajo Aline :)
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