viernes, 7 de octubre de 2016

Análisis de obra según el reglamento de Desarrollo Urbano:Calle manuel C. Tello casi esquina 20 de Noviembre.

 Xalapa, Ver. 

Objetivo

Acudir a dicha obra para analizar a que tipo de obra pertenece,especificando quién está construyendo, la superficie del terreno y la superficie de construcción. Investigar si dicha obra cuenta con los permisos a la vista y por último constatar si cuenta con las medidas de protección para transeuntes y colindancias presentes,tomando como instrumento de apoyo el reglamento de Desarrollo Urbano de la ciudad.




 

a) Tipo de obra

Se construirá una farmacia de la cadena comercial Farmacias del Ahorro.

b) Permisos

c) Medidas de protección para transeuntes y colindancias

d) Articulos y comentarios 


Artículo 117. El número oficial debe ser colocado en una parte visible cerca de la entrada a cada predio o lote y reunir las características que lo hagan claramente legible. Por la asignación del número oficial se pagará el derecho correspondiente, de conformidad con lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz y la Ley de Ingresos para el Municipio del ejercicio fiscal correspondiente.
 NO CUMPLE-No es visible el no. oficial

Artículo 121. La ejecución de toda obra nueva, la modificación o la ampliación de una que ya existe, requiere para que se expida la licencia respectiva, la presentación de la constancia de alineamiento oficial. 
SI CUMPLE

Artículo 133. Precaución en la ejecución de Obras.- Para la ejecución de obras, deberán tomarse todas las medidas técnicas necesarias para evitar daños y perjuicios, a las personas o a los bienes.
 SI CUMPLE- Cumple pero los señalamientos de precaución no están correctamente ubicados, tapan  la vialidad de la banqueta del costado pero colocan los señalamientos de manera que sea libre el acceso.













































Artículo 187. Tipos de Protección.- Las protecciones para las obras en general serán: I.- Barreras: Cuando se ejecuten obras de pintura, limpieza o similares, se colocarán barreras que puedan moverse al suspenderse el trabajo diario. Estarán pintadas de amarillo y tendrán leyendas de “precaución”; II.- Marquesinas: Cuando los trabajos se ejecuten a más de seis metros de altura, se colocarán marquesinas que cubran suficientemente la zona de la vía pública interior al lugar de las obras; III.- Tapiales fijos: Para obras de otro tipo se colocarán tapiales fijos, que cubrirán todo el frente de la obra y una faja anexa de 50 centímetros sobre la vía pública; previa solicitud podrá concederse mayor superficie de ocupación de la vía pública; y, IV.- Pasos cubiertos: En obras cuya altura sea mayor de seis metros o en aquellas en que la invasión de la acera lo amerite, la Dirección podrá exigir que se construya un paso cubierto, además del tapial.

 Artículo 188. Características de las Protecciones.- Los tapiales serán de madera, lámina, concreto, mampostería u otro material que ofrezca las mismas garantías de seguridad. Tendrán una altura mínima de 2.40 metros, con superficie lisa pintados de color gris, sin más claros que las puertas, las cuales se mantendrán cerradas. Los pasos cubiertos tendrán cuando menos una altura de 2.40 metros y una anchura libre de 1.20 metros. Ningún elemento de las protecciones quedará a menos de 0.50 metros de vertical de la guarnición de la banqueta. Las marquesinas estarán a una altura necesaria para que la caída de los materiales de demolición o construcción sobre ellas, no exceda de 0.10 metros. Las protecciones se construirán de tal manera que no obstruyan la vista de las placas de nomenclatura, señales de tránsito y aparatos o accesorios de los servicios públicos. En caso necesario se colocarán los datos en otro lugar adecuado.

Artículo 189. Conservación de las Protecciones.- Los demoledores y constructores están obligados a conservar los tapiales en buenas condiciones de estabilidad y aspectos; con excepción de los letreros de los directores responsables de la obra, no se permitirán rótulos o anuncios en los tapiales, si no cuentan con la licencia o autorización correspondiente expedida por la Dirección.
 
SI CUMPLE- En este caso las protecciones colocadas son los tapiales de madera con altura minima requerida.

 

Demoliciones.- Para llevar a cabo toda demolición se requiere autorización por escrito de la Dirección, la cual fijará los requisitos, términos y condiciones bajo las cuales podrá realizarse. Se tomarán las precauciones debidas para evitar que una demolición cause daños o molestias en construcciones vecinas o en la vía pública; si se emplean puntales, vigas, armaduras o cualesquier otro medio de protección, se tendrá cuidado de no provocar esfuerzos que causen perjuicios a las construcciones circundantes.
SI CUMPLE



 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Reflexión personal

Nada mejor que observar en tiempo real para comprender lo que implica una obra en inicios de las etapas de construcción y lo que es de el observar cada uno de los requerimientos que conlleva.

 







 

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